¿Cuándo puedo presentar la instancia a un proceso selectivo?
¿Cuáles son las retribuciones para esa categoria?
¿Qué garantía tengo de que la instancia se ha presentado en plazo?
¿Puedo presentar la instancia directamente en el Registro General del Ayuntamiento?
¿Puedo presentar más de una instancia?
¿Qué datos debo proporcionar en la instancia?
¿Qué tratamiento dará el Ayuntamiento a mis datos personales?
¿Para que sirve el campo que debo descifrar con códigos extraños?
¿Qué hago si me equivoco en la cumplimentación de la instancia?
¿Cuándo tengo que presentar el justificante de pago?
¿Qué cantidad tengo que pagar?
¿Qué seguridad tiene el pago por Internet mediante pasarela de pago?
¿Cómo sé que el pago se ha realizado correctamente a través de la pasarela electrónica?
SOBRE LA CUMPLIMENTACIÓN DE LOS MÉRITOS
¿Qué debo declarar como méritos al rellenar la instancia para su valoración en la fase de concurso?
¿Cómo y cuándo aporto la acreditación de los méritos que alego?
¿Puedo incluir un mismo mérito en dos apartados distintos?
Quiero añadir más meritos pero el formulario sólo me permite diez, ¿qué puedo hacer?
SOBRE LA SITUACIÓN DE MI INSTANCIA
¿Dónde puedo ver el estado de mi solicitud?
¿Qué significa que el trámite esté “Pendiente de pago”?
¿Qué significa que el trámite esté “Admitido provisional”?
¿Qué pasa si he realizado el pago correctamente y no ha cambiado el estado a “Admitido provisional”?
Una vez presentada la instancia, ¿Dónde puedo informarme del estado de la convocatoria?
SOBRE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
¿Existe algún requisito técnico para acceder y cumplimentar el formulario electrónico?
¿Qué sistema operativo debo tener para poder cumplimentar el formulario electrónico?
Desde el mismo momento en que se publique la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, la convocatoria pasará al estado “abierto el plazo de presentación de instancias” y desde ese momento se podrá hacer la inscripción. El enlace a la instancia estará disponible durante los siguientes 20 días naturales a la publicación en el BOE.
Puede consultar el salario aproximado que percibe un trabajador de esa categoria en el Anexo de Personal. No obstante, dependerá del puesto que finalmente desempeñe.
El sistema está verificado con el sistema de acreditación de sellado del tiempo autorizado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por lo que existe plena garantía tanto de la presentación como de la fecha y hora del registro.
La justificación de la cumplimentación telemática de la instancia tiene plena validez jurídica de la presentación.
El sistema de presentación de instancias está pensado para ser cumplimentado electrónicamente, incluyendo un trámite imprescindible, como el pago de la tasa, que obligatoriamente tiene que obtenerse a través del programa de presentación de instancias. No obstante, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 11/2007 de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ayuntamiento atenderá y colaborará en la cumplimentación de la instancia en el Ayuntamiento de lunes a viernes en el horario de 08:30 a 13:30 horas.
Asimismo, están a su disposición los puntos de acceso a internet de las Juntas de Distrito y bibliotecas municipales.
Sólo se puede presentar una instancia por NIF y por convocatoria. Esto es, una persona no podrá presentarse más de una vez a la misma convocatoria.
No obstante, una persona sí podrá participar en distintas convocatorias si así lo desea.
Deberá cumplimentar aquellos que le solicite el cuestionario. Los campos obligatorios estarán señalados con una estrella. El sistema no le permitirá grabar su solicitud si no se han rellenado los campos obligatorios.
De conformidad con lo establecido en la L.O. 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), los datos de carácter personal van a ser incorporados en los ficheros de titularidad del Ayuntamiento de Fuenlabrada, con dirección en Plaza Constitución nº 1 de Fuenlabrada, para la gestión y control de los mismos.
Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo una comunicación por escrito a la dirección antes expuesta.
Este campo se denomina captcha y sirve para evitar que las solicitudes sean generadas automáticamente por un ordenador. Sólo una persona es capaz de leerlas.
El programa se ha desarrollado para que se produzcan el menor número de errores posibles, de modo que no permite seguir avanzando en la cumplimentación de la instancia si el dato solicitado no es correcto. Además, se le va a solicitar en varias ocasiones que revise los datos que ha proporcionado para evitar errores.
No obstante, si pese a todo detectara que se ha producido un error material en los datos que ha proporcionado, podrá solicitar la subsanación por escrito mediante instancia dirigida al Ayuntamiento de Fuenlabrada presentado en el Registro General del Ayuntamiento ubicado en la Casa Consistorial, Plaza de la Constitución nº 1, o en la Junta de Distrito de Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores sita en Plaza de las Artes nº 1.
No es posible, sin embargo, alegar nuevos méritos ni modificar los declarados una vez finalizado el plazo de presentación de instancias.
Existen dos medios para el pago de la tasa:
- Mediante pasarela de pago con tarjeta de crédito o débito: En este caso, necesitará tener a mano una tarjeta de crédito o débito para introducir los datos que le solicitará el programa. Esta transacción es plenamente segura, y se realiza directamente entre su banco y la entidad bancaria gestora del cobro de la tasa, sin que el Ayuntamiento intervenga directamente y sin que el Ayuntamiento tenga acceso o guarde ningún dato económico o bancario en ninguna base de datos municipal.
- Mediante su abono en la entidad bancaria que se indica en la Carta de Pago que se obtiene en el proceso de cumplimentación de la instancia cuando se opta por este medio de pago, en lugar de la pasarela de pago.
Sólo podrá pagar la tasa válidamente por alguno de estos medios.
En ninguno de los dos casos es preciso aportar el justificante de pago ya que será CaixaBank quien remitirá la información del pago directamente al Ayuntamiento.
No obstante, conviene que guarde el justificante del pago para que pueda aportarlo en caso de ser necesario durante el proceso. Si abona la tasa por pasarela de pago, al final del proceso tendrá posibilidad de imprimir un resguardo del pago, y si opta por el pago en el banco, éste validará su copia acreditando el cobro.
El programa proporciona automáticamente el importe de la tasa, que aparecerá en la Carta de Pago si es la forma elegida, o en la pasarela de pago en el caso de que se abone directamente por Internet. Por tanto, no hay que poner ninguna cantidad en ningún documento. Esta cantidad es la que estipula la Ordenanza fiscal de 2016.
No. No es posible realizar el pago de la tasa por medios distintos de los señalados, esto es, mediante el pago a través de la pasarela de pago o mediante abono en la entidad bancaria que se indica en la carta de pago que emite el programa.
El pago por Internet tiene plena seguridad, ya que se realiza mediante servidores seguros con protocolos de máxima seguridad y de forma directa entre su banco y la entidad bancaria a la que el Ayuntamiento encomiende la gestión del cobro de la tasa.
En ningún caso el Ayuntamiento accede o guarda ningún tipo de dato bancario o económico de los solicitantes.
Concluido el proceso de pago, el sistema mostrará el código de la operación bancaria y permitirá imprimir el justificante de pago.
Todo aquello que, conforme a las bases de cada convocatoria, pueda ser valorado en el concurso de méritos, siempre que se cumpla cada uno de los méritos en la fecha de cumplimentación de la instancia y pueda acreditarse documentalmente.
Conviene que tenga en cuenta que la valoración que aparezca una vez complete la instancia es una valoración provisional que se realiza de acuerdo con lo que Vd. ha alegado como declaración responsable, pero que está sujeta a revisión a lo largo del procedimiento y puede ser modificada si no se puede acreditar documentalmente.
La valoración inicial de los méritos se realiza en función de la declaración responsable que realiza Vd. al rellenar la instancia. No tiene que aportar copia de los documentos que acrediten los méritos alegados, pero debe disponer de ellos, ya que el Ayuntamiento podrá reclamárselos en cualquier momento, y Vd. deberá aportar esos documentos en un plazo máximo de 10 días desde que reciba la notificación para ello. Si no se justifica en ese plazo, el mérito quedará anulado sin perjuicio de la responsabilidad penal en que se pudiera haber incurrido por la inclusión de datos falsos en la instancia.
Sólo en el caso de que así se señale expresamente en el formulario. No obstante, si incluyera un mismo mérito en dos apartados distintos, recuerde que la valoración provisional que le facilitará el programa, y que aparecerá en el listado de resultados de la fase de concurso se modificará tan pronto como se detecte la duplicidad indebida.
El formulario sólo permite diez líneas en la valoración de algunos apartados. En el caso de que desee añadir más, deberá hacerlo mediante instacia general debidamente registrada en el Registro General del Ayuntamiento ubicado en la Casa Consistorial, Plaza de la Constitución nº 1, o en la Junta de Distrito de Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores sita en Plaza de las Artes nº 1. Siempre ANTES DE LA FECHA FINAL DE LA PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.
Una vez cumplimentada la instancia y abonados los derechos de examen, a través de la pasarela electrónica o generando la carta de pago, el sistema registrará la solicitud con un código.
Se puede consultar el estado en el apartado de Seguimiento de trámites, introduciendo el NIF y el código de la solicitud. Si no ha anotado dicho código, puede consultarlo en la carta de pago o en el detalle del movimiento bancario. Si no lo localiza, puede solicitarlo mediante un correo electrónico a la dirección recursoshumanos@ayto-fuenlabrada.es
Este estado indica que la instancia ha sido registrada y la carta de pago ha sido emitida para su abono en un banco. Una vez efectuado el pago en una sucursal bancaria, aproximadamente a las 24-48 horas hábiles, cambiará a Admitido provisional. Hasta que no se confirme el abono de la tasa, el estado no cambiará.
Una vez cumplimentada la instancia y realizado el pago por pasarela electrónica, el estado de la solicitud será automáticamente de Admitido provisional. Igualmente, este estado figurará en la instancia si el pago se ha realizado correctamente a través de la carta de pago.
Si ha realizado el pago a través de la pasarela electrónica de CaixaBank y no se ha actualizado automáticamente el estado de mi solicitud, debe ponerse en contacto con la Dirección General de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
Si ha optado por realizar el pago en una oficina bancaria y ha abonado las tasas, deberá esperar aproximadamente a las 24-48 horas hábiles hasta que el banco nos trasfiera esa información. Transcurrido ese periodo, y si continúa en estado Pendiente de pago, deberá ponerse en contacto con la Dirección General de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Fuenlabrada. Deberá aportarnos el justificante de pago validado por la entidad bancaria.
Todo el proceso será publicado en la plataforma de convocatorias de la web municipal. Desde ahí se podrán consultar los listado de admitidos y excluidos, llamamientos y calificaciones.
De forma simultanea también se publicará en el tablón de anuncios municipal instalado en el Ayuntamiento de Fuenlabrada.
Para acceder al formulario electrónico y cumplimentarlo tan sólo se requiere un acceso a internet y un navegador. Tampoco es preciso estar registrado con ningún usuario.
Si el pago se va a realizar con carta de pago, es también necesario que el dispositivo pueda leer archivos .pdf, algo que prácticamente todos los dispositivos tienen, y que pueda imprimir la carta de pago que generará el programa. Si no dispone de Acrobat Reader, puede descargarlo gratuitamente desde aqui.
No existe limitación alguna para acceder al formulario electrónico relacionado con el sistema operativo. Tan sólo es preciso tener acceso a internet y un navegador de internet.
Es posible acceder al formulario electrónico con cualquiera de los siguientes navegadores de internet:
- Internet Explorer, versiones 7.0 en adelante.
- Google Chrome
- Safari
- Firefox
Si tiene alguna duda adicional, puede dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Fuenlabrada a través de alguno de los siguientes medios:
- Por correo electrónico: recursoshumanos@ayto-fuenlabrada.es
- Por teléfono, en horario de 09:00 a 14:30 horas los días laborables: 916497010.
- Por escrito, a la siguiente dirección postal:
Dirección General de Recursos Humano
Ayuntamiento de Fuenlabrada
Plaza de la Constitución nº 1
28943 – Fuenlabrada (Madrid)